De
todos es sabido que debido a las características del municipio de
Requena como el más extenso de la Comunidad Valenciana con sus
814’21 km. cuadrados hacen que sea el que más caminos e
infraestructuras agrarias posee de nuestra región.
Por
las características antes mencionadas y ya que actualmente solo
disponemos de un Reglamento
Para el Servicio Municipal de Caminos,
desde el Partido
de Requena y Aldeas pensamos
que es conveniente disponer de una Ordenanza
Municipal de Caminos,
para ordenar y conservar nuestras infraestructuras agrarias, así
como ser herramienta para solucionar posibles conflictos entre
particulares a causa de la utilización de dichos caminos.
También
decir que esa enorme extensión hace que uno de nuestros motores
económicos sea la agricultura y por lo tanto en el año 1998 fue
aprobada por el pleno del Ayuntamiento de Requena una ordenanza
reguladora de la distancia de plantaciones
entre fincas colindantes y caminos públicos, la cual fue publicada
en el BOP n.º 234, de 02.10.98, la misma y según nos informan
algunos interesados se ha quedado obsoleta por el paso del tiempo y
la introducción de nuevas formas de cultivo o induce a errores
interpretativos.
Dicha
ordenanza contempla las distancias a guardar en las plantaciones de
arbolado, arbustos o vid respecto a los caminos públicos o entre
fincas colindantes.
Así
mismo, desde el Partido
de Requena y Aldeas
y con el objeto de mejorar
la participación de la ciudadanía en el procedimiento de
elaboración o actualización de normas de tipo agrario, proponemos
que se convoque el Consejo
Agrario Municipal
para que asesore acerca de las ordenanzas antes mencionadas como
colectivo implicado en esta materia.
Por todo lo expuesto anteriormente, desde el Partido de Requena y
Aldeas proponemos al Pleno de la Corporación, la aprobación de
los siguientes acuerdos:
PRIMERO. Convocar al Consejo
Agrario Municipal como órgano asesor en temas agrarios.
SEGUNDO. Redactar una
Ordenanza Municipal de Caminos previa consulta al Consejo Agrario
Municipal.
TERCERO. Actualizar la
Ordenanza Municipal de Plantaciones si es necesario previa consulta
al Consejo Agrario Municipal.